El asegurado no tendrá que informar de su estado de salud para mantener un seguro personal
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el miércoles 15 de julio de 2015 la ley relativa a la ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, una normativa que permitirá al sector español igualarse a nivel europeo, y que introduce una serie de novedades, como por ejemplo, en el caso de los seguros personales, el asegurado no tiene la obligación de comunicar “la variación de las circunstancias relativas a su estado de salud”, las cuales, en ningún caso, se considerarán agravación del riesgo. Esta nueva modificación, e introducida en la Ley de Contrato de Seguro, permite al tomador de un seguro personal no comunicar si perjudica su salud a la aseguradora, sin que vea afectadas las prestaciones que recibe una vez lo contrató. Asimismo, otra de las modificaciones que introduce la nueva normativa tiene que ver con la regulación, por primera vez, de los seguros de decesos y de dependencia, así como, se refuerza la libre elección de la ...